El Espacio Terrestre
El
territorio geográficamente es toda la superficie terrestre, el subsuelo, el
espacio aéreo, el espectro electromagenetico, ríos, canales, aguas interiores y
mar territorial que tiene su fin en las fronteras o limites.
La constiucion política en
el articulo 101 señala: Forman parte de Colombia, además del territorio
continental, el archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina, la
Isla de Malpelo y demás islas, islotes, cayos, morros y bancos que le
pertenecen.
También
son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la
plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el
segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el
espacio donde actúa, de conformidad con el Derecho Internacional o con las
leyes colombianas a falta de normas internacionales.
·
La
Soberanía territorial: “es la aptitud del estado para ejercer su autoridad
conforme al derecho internacional, tanto sobre los bienes como las situaciones,
las personas, y las actividades ubicadas o ejercidas dentro del territorio”,
podemos señalar que hay una doble connotación, una positiva y una negativa,
positiva desde el punto de vista que el estado tiene plena competencia para
someter a todos los que se encuentran dentro del territorio, negativa es que
esa facultad no es ilimitada pues debe ceñirse a las reglas del derecho
internacional.
Características:
plenitud: Se entiende que la soberanía territorial es plena y que
las limitaciones a la misma no se presumen. El fundamento jurídico de tales limitaciones
debe se establecido en cada caso particular, es decir cada estado tiene derecho
a estipular las limitaciones que se consideren pertinente.
exclusiva:
No se puede ejercer competencias territoriales en el territorio de un Estado
por parte de otro Estado a no ser que medie el consentimiento del primero.
Como se logra inferir
es que el elemento fundamental dentro del concepto es que sea dentro de un
territorio.
Inviolable: Se fundamenta en la obligación en Derecho Internacional
de respetar la soberanía e integridad territorial de otros Estados.
·
Modo
de adquirir el territorio
Territorio no apropiado: Este tipo de territorio como su
nombre lo dice, es que en el momento no tiene dueño.
Posesión: el ocupante
debe ser un estado soberano que busque poseer a un territorio que no tiene
dueño, lo cual requiere ejercer un señorio total sobre ese espacio, además de
considerarse dueño del mismo, es decir el poseedor debe tener la intención permanente
de de conservar ese territorio para sí, de esta manera adquiere soberanía
territorial.
Accesión: la
principal caracterisitca de este modo de adquirir es la aparición de masas
terrestres a un territorio principal ya estructurado, puede ser de dos maneras,
naturales, en el caso de los
ríos que al desviar su caudal o al
bajarlo queda tierra que será automáticamente, es decir sin necesidad de ser
declarada, al estado principal, igual pasa con las artificiales, en el que por labor del ser humano aparecen nuevas
porciones de tierra
Territorio ya apropiado
Cesion: acto mediante
el cual un estado cede parte de su territorio ya sea de manera gratuita u
onerosa( compra de Luisiana por parte de los estados unidos a Francia en el año
1807), puede hacerse también como parte de la rectificación de zonas
limítrofes, se perfecciona jurídicamente cuando el estado al que se le cedió
ocupe realmente ese territorio,
Repercusiones venta Luisiana a los estados
unidos
La decisión de una organización
internacional: este sistema generalmente es utilizada para tratar de dimitir
conflictos dentro del mundo, por ejemplo en 1947 la ONU decidió dividir
palestina, entre el pueblo judío y árabe.
Conquista: es aquella adquisición de un
territorio lograda después de gana una guerra, cuando el estado vencido
desaparece y el estado ganador se establece dentro de ese territorio y ejerce
plena soberanía, es necesario que además de ejercer soberanía, haya una
voluntad de incluir ese territorio dentro del mapa del estado.
Secesion: esta figura fue utilizada en el
pasado con mucha frecuencia en los procesos de descolonización, y se realiza
cuando parte del territorio de un estado no se somete a las autoridades
centrales del estado y se separa de el, ejemplo la separación de panamá del estado
colombiano 1903
·
El
régimen jurídico de las zonas polares
Es preciso señalar
que las zonas polares no pueden ser objeto de ocupación efectiva, ese
territorio no es de nadie, es de todos,
hay que señalar la distinción entre el ártico (zona polar norte) y el
antártico (zona polar sur).
Artico: Este concepto
está basado en la teoría de los sectores que dice “Modo mediante el que se
atribuye en el Ártico a cada Estado con litoral en el Océano glacial Ártico la
soberanía sobre todas las tierras comprendidas en un triángulo cuya base está
formada por las costas de los Estados, el vértice del Polo Norte y los
lados los meridianos que pasan por los dos extremos del litoral de cada Estado,
es decir todos los que tengan litoral en la zona norte del globo terráqueo
tienen derecho al polo norte
Antartida: tomaron el
mismo fundamento de la teoría de los sectores, siendo mas difícil su aplicación
pues no había una continuidad geográfica del polo con los países que lo rodean,
tiene una fundamentación jurídica, un tratado firmado por todos los interesados
en ella, es un tratado que busca el uno pacifico de este territorio, en el cual
se prohíbe la inclusiones militares, se promulga la investigación científica,
intercambio de información, se prohíbe pruebas nucleares, y el deber de
información a todos sobre las actividades realizadas. Actualmente hay 30 paises
adheridos al tratado incluyendo Colombia que lo ratifico mediante la ley 67 de
1988 ftp://ftp.camara.gov.co/camara/basedoc/ley/1988/ley_0067_1988.html
Limites y Tratados - Fronteras de Colombia
Colombia cuenta con 6.342 km de fronteras terrestres. La fijación de los límites de nuestra patria con los países vecinos fue uno de los problemas principales que tuvieron que atender nuestros gobiernos durante un siglo, a partir de la Independencia. Colombia mediante gestiones diplomáticas y tratados tiene actualmente definidas en su totalidad las fronteras terrestres.
Son cinco (5), los países hermanos que limitan por tierra con nuestra patria. Venezuela y Brasil por el oriente, Ecuador y Perú por el sur, y Panamá por el noreste. El gobierno colombiano también reconoce oficialmente como países limítrofes a aquellos con los que tiene tratados de delimitación marítima y submarina, tales como Nicaragua, Costa Rica,República Dominicana, Haití, Honduras y Jamaica por el mar caribe, así como, Ecuador,Panamá y Costa Rica por el océano pacífico.
Fronteras de Colombia
Con Venezuela, la frontera quedó definida por medio del Laudo Arbitral proferido por María Cristina, reina regente de España, el 16 de Marzo de 1891 y por el Tratado López de Mesa-Gil Borges el 5 de Abril de 1941. El límite tiene una longitud de 2.219 km. y va desde Castilletes en La Guajira, hasta la isla de San José frente a la Piedra del Cocuy, en el río Negro.
Con el Brasil, se estipuló por medio de los Tratados Vásquez Cobo-Martins del 24 de Abril de 1907 y García Ortiz-Mangabeira del 15 de Noviembre de 1928. La frontera tiene una longitud de 1.645 km, desde la isla de San José hasta la desembocadura de la quebrada San Antonio, en el río Amazonas.
Con el Perú, se concertó por medio del Tratado Lozano-Salomón del 24 de Marzo de 1922, con una longitud de 1.626 km, desde la quebrada San Antonio hasta la desembocadura del río Güepí en el río Putumayo.
Con Ecuador, el límite quedó definido por medio del Tratado Suárez-Vernaza del 15 de Julio de 1916; tiene una longitud de 586 km desde el río Güepí hasta la desembocadura del río Mataje en la bahía Ancón de Sardinas en el Océano Pacífico.
Con Panamá, se definió por el Tratado Vélez-Victoria, aprobado por la Ley 53 de Agosto de 1924. Cuenta con una longitud de 266 km, desde el punto equidistante entre las puntas Cocalito y Ardita, en el Océano Pacífico, hasta el Cabo Tiburón en el Mar Caribe.
Además a nuestro país le pertenecen varias islas, cayos y bancos, en los dos océanos; ejerciendo soberanía en sus aguas territoriales, plataforma continental y el espacio aéreo de su territorio.
| País | Longitud | Tratado | Fecha |
Venezuela
|
2.219 Km
|
Laudo español
|
Marzo 16 de 1891
|
Arbitramento Suizo
|
Marzo 14 de 1922
| ||
López de Mesa-Gil Borges
|
Abril 5 de 1941
| ||
Brasil
|
1.645 Km.
|
Vásquez Cobo-Martins
|
Abril 24 de 1907
|
García Ortiz-Mangabeira
|
Noviembre 15 de 1928
| ||
Perú
|
1.626 Km.
|
Lozano-Salomón
|
Marzo 24 de 1922
|
Protocolo de Rio
|
Mayo 24 de 1934
| ||
Ecuador
|
586 Km
|
Suárez-Muñoz Vernaza
|
Julio 15 de 1916
|
Panamá
|
266 Km.
|
Vélez-Victoria
|
Agosto 20 de 1924
|
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